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Órgano competente para resolver las solicitudes de Residencia por Trabajo a Cuenta Ajena en España

Competencia extranjería

Órgano competente para resolver las solicitudes de Residencia por Trabajo a Cuenta Ajena en España

noviembre 17, 2024

n los últimos años, el sistema de extranjería en España ha experimentado cambios significativos en cuanto a la competencia para resolver las solicitudes de residencia temporal por trabajo a cuenta ajena. Si bien, en el pasado, las solicitudes presentadas por empresas de gran tamaño (con más de 500 empleados y diversos centros de trabajo en distintas provincias) eran resueltas por la Unidad de Grandes Empresas (UGE), este procedimiento ha sido modificado de manera fundamental.

Desde mayo de 2023, todas las solicitudes de residencia por trabajo a cuenta ajena deben ser tramitadas por las oficinas de extranjería, independientemente del tamaño de la empresa. Este cambio se debe a la derogación de la normativa anterior, que asignaba la competencia a la UGE en determinados casos.

La Norma Derogada: Reglamento de Extranjería (del 2011 hasta el 2023)

Hasta el 2023, el Reglamento de Extranjería, en su disposición adicional primera, establecía que las solicitudes de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena de empresas con más de 500 trabajadores debían ser tramitadas por la Dirección General de Inmigración. En concreto, el reglamento indicaba lo siguiente:

“No obstante lo anterior, corresponde al titular de la Dirección General de Inmigración la competencia para tramitar y resolver sobre las autorizaciones de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena, de acuerdo con lo previsto en el artículo 67 de este Reglamento, cuando las solicitudes sean presentadas por empresas que, teniendo diversos centros de trabajo en distintas provincias, cuenten con una plantilla superior a 500 trabajadores”.

Sin embargo esto fue derogado por Ley 11/2023, de 8 de mayo, que transpone varias directivas de la Unión Europea en materia de migración, accesibilidad de productos y servicios, entre otros. Esta ley derogó el párrafo del Reglamento de Extranjería que otorgaba competencia a la UGE para resolver las solicitudes de residencia por trabajo a cuenta ajena de empresas de gran tamaño.

¿Qué Implica Este Cambio?

  1. Las solicitudes ahora se resuelven en las oficinas de extranjería: Desde la entrada en vigor de la Ley 11/2023, todas las solicitudes, incluidas las de grandes empresas con más de 500 trabajadores, deberán ser presentadas y resueltas en las oficinas de extranjería correspondientes. Esto significa que la Unidad de Grandes Empresas (UGE) ya no tiene jurisdicción sobre este tipo de solicitudes.

Asesoramiento Personalizado: Cada caso es único, y por eso, me comprometo a ofrecerte un asesoramiento adaptado a tus necesidades específicas. Ya sea que seas una empresa o un trabajador individual, analizaré tu situación en detalle para encontrar la mejor solución.