Migrar a España

Nuevas Figuras de Arraigo en el Reglamento de Extranjería 2025

ARRAIGO SOCIAL

Nuevas Figuras de Arraigo en el Reglamento de Extranjería 2025

febrero 28, 2025

Descubre las nuevas oportunidades para regularizar tu situación en España

A partir del 20 de mayo de 2025, entran en vigor las nuevas figuras de arraigo conforme al Reglamento de Extranjería. Estas modificaciones brindan opciones para regularizar la situación de extranjeros en España que han permanecido en el país de manera continuada durante al menos dos años. En esta guía detallamos los requisitos, condiciones y beneficios de cada tipo de arraigo, desde el arraigo de segunda oportunidad hasta el arraigo socioformativo. Si necesitas asesoría profesional para tu solicitud, nuestros servicios legales te ofrecen la mejor orientación.


¿Qué es el arraigo y por qué es importante?

El arraigo es una de las vías más importantes para regularizar la situación de personas extranjeras en España. Se otorgan permisos de residencia por circunstancias excepcionales a quienes acrediten su permanencia continuada en el país y cumplan con ciertos requisitos específicos. Con las nuevas modificaciones en el Reglamento de Extranjería que entran en vigor el 20 de mayo de 2025, se introducen nuevas figuras de arraigo que amplían las oportunidades para obtener la residencia en España.

A continuación, analizamos en detalle cada una de las figuras de arraigo conforme a la nueva normativa:

1. Arraigo de Segunda Oportunidad

Esta figura está dirigida a aquellas personas extranjeras que hayan sido titulares de una autorización de residencia en los dos años anteriores a la solicitud y que no hayan podido renovarla por motivos ajenos a razones de orden público, seguridad o salud pública.

Requisitos:

  • Haber residido en España de manera continuada durante al menos dos años.
  • Haber sido titular de un permiso de residencia, excluyendo aquellos concedidos por circunstancias excepcionales.
  • No haber renovado la autorización de residencia por causas distintas a orden público, seguridad y salud pública.
  • En caso de haber tenido antecedentes penales, es posible solicitar este arraigo si se cuenta con sentencia denegatoria, sobreseimiento o absolución penal.

Ejemplos de beneficiarios:

  • Personas que fueron residentes por pareja de hecho y que han perdido la residencia.
  • Extranjeros que tenían residencia por cuenta ajena y la perdieron.
  • No es aplicable a quienes tuvieron residencia por razones humanitarias.

Este tipo de arraigo representa una gran oportunidad para quienes han perdido su residencia y buscan una vía para regularizar su situación sin necesidad de empezar desde cero.


2. Arraigo Sociolaboral

Esta modalidad permite regularizar la situación de personas extranjeras que han trabajado en España y pueden demostrarlo mediante contratos que acrediten el cumplimiento del Salario Mínimo Interprofesional.

Requisitos:

  • Acreditar una permanencia en España de al menos dos años.
  • Presentar uno o varios contratos de trabajo con una remuneración mínima equivalente al Salario Mínimo Interprofesional.
  • No contar con antecedentes penales en España o en el país de origen.

Este arraigo es una excelente opción para quienes han trabajado en España de manera regular o irregular y desean formalizar su situación migratoria.


3. Arraigo Social

El arraigo social es una de las vías más comunes para la regularización de extranjeros en España. Con las nuevas modificaciones, se incorporan requisitos adicionales relacionados con la integración y la estabilidad económica de los familiares residentes.

Requisitos:

  • Acreditar una residencia continuada en España de al menos dos años.
  • Contar con familiares residentes en España que tengan ingresos equivalentes al 100% del IPREM (8.400 euros anuales) o presentar un informe de integración.

El Informe de Integración:

Para obtener el informe de integración, será necesario demostrar:

  • Participación en actividades formativas.
  • Conocimiento y respeto de los valores constitucionales de España y de la Comunidad Autónoma de residencia.
  • Conocimiento de los valores de la Unión Europea y los derechos humanos.
  • Aprendizaje de las lenguas oficiales del lugar de residencia.

El arraigo social sigue siendo una de las opciones más solicitadas, pero ahora con requisitos adicionales que refuerzan la integración del extranjero en la sociedad española.


4. Arraigo Socioformativo

Este nuevo tipo de arraigo está orientado a quienes desean regularizar su situación a través de la formación profesional.

Requisitos:

  • Haber permanecido en España al menos dos años de forma continuada.
  • Solicitar la autorización dos meses antes del inicio de los estudios.
  • Matricularse en uno de los siguientes programas formativos:
    • Estudios de educación secundaria postobligatoria.
    • Enseñanzas obligatorias para adultos.
    • Certificados profesionales de Formación Profesional de grado C, niveles 2 y 3.
    • Formación orientada a ocupaciones del Catálogo de Ocupaciones de Difícil Cobertura.

El arraigo socioformativo permite a las personas extranjeras acceder a formación que les facilite la inserción laboral en España y mejorar sus oportunidades de empleo en sectores con alta demanda.

Para más información sobre certificados profesionales y formación, se puede consultar el Buscador de Certificados Profesionales.


Conclusión: ¿Cómo Podemos Ayudarte?

Las nuevas figuras de arraigo amplían las oportunidades para regularizar la situación de muchas personas extranjeras en España. Sin embargo, el proceso puede ser complejo y requiere de un correcto asesoramiento legal para evitar errores y asegurar el éxito de la solicitud.

📌 ¿Por qué contratar nuestros servicios? ✅ Te asesoramos en la elección del arraigo más adecuado para tu caso. ✅ Revisamos y preparamos toda la documentación necesaria. ✅ Gestionamos tu solicitud ante las autoridades competentes. ✅ Te acompañamos durante todo el proceso para garantizar una resolución favorable.

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